Beneficiarios
Las personas físicas, jurídicas o entidades sin personalidad jurídica que sean titulares de pequeñas y medianas empresas que desarrollen su actividad dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Acciones
• Todos los gastos que sean necesarios para la implantación de los sistemas de factura telemática. Concretamente, la adquisición o modernización de los equipamientos necesarios para la implantación del uso de la factura telemática, así como los gastos de instalación necesarios para su funcionamiento.
• No tienen la consideración de gastos subvencionables los gastos o subvenciones relacionadas con la adquisición o modernización de otro tipo de sistemas y aplicaciones informáticas.
• Se consideran gastos subvencionables todos aquéllos que se realicen entre el 1 de enero y el 15 de noviembre de 2007, aunque la actividad objeto de subvención se haya iniciado o, incluso, acabado, con anterioridad a la publicación de esta convocatoria.
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdido
Más información
Consejería de Economía, Hacienda e Innovación (C/ Palau Reial, núm.1, Palma)