Beneficiarios
Las entidades que sean personas sujetas a derecho privado interesadas en actuar como entidades colaboradoras podrán proponer proyectos y actuaciones dirigidos a PYME para su realización en su totalidad en la anualidad 2007 o bien durante las anualidades 2007 y 2008. Para que sean financiables en el marco del presente procedimiento de selección, las propuestas de colaboración deberán tener un presupuesto susceptible de ayuda mínimo de 500.000 euros.
Las ayudas, en la modalidad de subvención, se dirigirán a los colectivos de PYME incluidos en cada propuesta de colaboración, y serán distribuidas y gestionadas por las entidades colaboradoras seleccionadas.
Podrán ser entidades colaboradoras:
• Empresas.
• Entidades sin ánimo de lucro.
• Agrupaciones de interés económico.
• Agrupaciones de las anteriores entidades.
Se entenderá por pequeña y mediana empresa, la que emplee a menos de 250 personas; que su volumen de negocio anual no exceda de 50 millones de euros, o su balance general anual no exceda de 43 millones de euros; que el cómputo de los efectivos y límites en el caso de empresas asociadas o vinculadas se efectúe como disponen los apartados 2 y 3 del artículo 6 del anexo de la Recomendación de la Comisión de 6 de mayo de 2003.
Acciones
Las áreas temáticas prioritarias son las siguientes:
• Soluciones de negocio electrónico.
• Facturación electrónica.
• Seguridad de la información y las comunicaciones.
En las áreas temáticas prioritarias podrán ser objeto de convenio los proyectos y actuaciones que se realicen conforme a las siguientes tipologías:
• Proyectos de implantación de soluciones colectivas de negocio electrónico.
• Acciones de difusión y concertación de proyectos de negocio electrónico.
• Acciones de difusión, comunicación y extensión entre las PYME de mejores prácticas en materia de seguridad de la información y las comunicaciones.
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdido
Más información
MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO
Paseo de la Casetellana, 160 - 28071 MADRID