Beneficiarios
a) Órganos de la Administración General del Estado o de la CAIB y sus órganos Autónomos. b) UIB. C) Instituciones sin finalidad de lucro en el ámbito territorial de la CAIB
Requisitos
* Para ser subvencionables, las actividades deben cumplir los requisitos siguientes:
- Ser ejecutadas por la entidades solicitantes en régimen de administración directa.
- Promover la formación práctica profesional de desocupados.
Acciones
* Será objeto de subvención parte de los costes salariales y de cotizaciones a la Seguridad Social, derivados de la contratación de trabajadores desocupados para ejecutar actividades considereadas de interés social o cultural.
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdido
Más información
SOIB
C/ Gremi Teixidors, 38 Polígon Son Castelló
Tel: 971 176300 Fax: 971 176301
PALMA