Beneficiarios
Entidades financieras establecidas en el Espacio Económico Europeo cuyo objeto social sea la participación temporal en el capital de empresas no financieras.
Requisitos
Las empresas en las que se inviene deben cumplir los siguientes requisitos:
- Ser pequeñas empesas (definición comunitaria, Recomendación 96/280/CE).
- Iniciar su actividad o, en el caso de ampliaciones de capital, llevar menos de dos años de funcionamiento.
- Ser empresas de base tecnológica.
- No cotizar en le primer mercado de la Bolsa de Valores.
- No pertenecer a los sectores de la construcción naval, carbón o siderurgia del ámbito del Tratado CECA.
- Comprometerse a no solicitar ninguna ayuda estatal a la inversión que no sea de "minimis" durante los tres años siguientes a la toma de participación en su capital por la entidad inversora.
Acciones
Aportaciones de capital a empresas de base tecnológica, entendiéndose como tales aquellas que lleven a cabo en España proyectos de investigación científica y desarrollo tecnológico.
Tipo de ayuda
Préstamo.
Más información
Ministerio de Ciencia y Tecnología
Paseo de la Castellana, 160 28071 MADRID